Canal de denuncia ética / Denuncia de irregularidades / Canal de denuncia de irregularidades
Un «canal ético» seguro y confidencial para el cumplimiento y la transparencia
En toda Europa, la Directiva de la UE sobre la protección de los denunciantes (2019/1937) anima a las organizaciones a crear canales de denuncia internos seguros y fiables. Aunque no todas las organizaciones están legalmente obligadas a implementar uno, muchas están optando por adoptar un sistema de denuncia ética como medida proactiva para lograr una gobernanza más sólida, una mayor transparencia y una mayor confianza en la organización.
La introducción de un canal confidencial y seguro demuestra su compromiso con hacer las cosas bien, no solo porque lo exige la ley, sino porque su organización valora la integridad.
Nuestro servicio ofrece una plataforma sólida para satisfacer este requisito legal.
¿Por qué elegir nuestro canal de denuncia ética?
Características y garantías clave
- Denuncias anónimas y confidenciales. Los informantes pueden presentar denuncias sin revelar su identidad.
- Gestión segura y protección de datos. Acceso restringido al personal autorizado; total confidencialidad y cumplimiento de los requisitos de protección de datos.
- Múltiples opciones de denuncia. Las denuncias pueden presentarse por escrito, verbalmente o en persona.
- Protección contra represalias. Prohibición estricta de represalias contra los denunciantes.
- Procedimientos transparentes. Las organizaciones proporcionan instrucciones claras y accesibles sobre el funcionamiento del canal.
Quién debe implementarlo
- Todas las entidades del sector público.
- Las organizaciones del sector privado con 50 o más empleados.
- Las entidades privadas más pequeñas dentro de sectores regulados (por ejemplo, servicios financieros, protección del medio ambiente, seguridad del transporte, etc.) cuando se aplica la legislación de la UE.
- Partidos políticos, sindicatos, asociaciones patronales y fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos.
Plazos para el cumplimiento
Por lo general, las entidades disponen de tres meses a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley (13 de junio de 2023) para implementar un sistema interno. Para las entidades con menos de 250 empleados o los municipios con menos de 10 000 habitantes, el plazo se amplía hasta el 1 de diciembre de 2023.
Gestión y externalización opcional
El órgano rector de la organización (tras consultar a los órganos representativos de los trabajadores) debe designar a un «responsable del sistema», a menudo un alto ejecutivo, para supervisar el canal. Se permite la gestión externa (externalización) y, a menudo, es aconsejable para garantizar la imparcialidad.
Qué se puede denunciar
- Infracciones de la legislación de la UE.
- Conductas que constituyan delitos penales.
- Infracciones administrativas graves o muy graves.
Nuestra oferta: Implementación y gestión completas del canal de denuncia ética
- Un canal de denuncia ética personalizable basado en software.
- Gestión externa experta o externalización del canal.
- Procesamiento y mantenimiento de registros seguros y confidenciales (registros de denuncias, investigaciones, resultados), con protocolos de cumplimiento y retención de datos.
- Orientación sobre políticas internas, comunicación con el personal e integración con otros mecanismos de cumplimiento o notificación (por ejemplo, líneas directas para denunciar acoso, códigos de cumplimiento).
Preguntas frecuentes
Los organismos del sector público, las empresas privadas con más de 50 empleados, las empresas del sector regulado independientemente de su tamaño y las organizaciones que reciben fondos públicos (por ejemplo, partidos políticos, fundaciones).
Cualquier presunta irregularidad: infracciones de la legislación de la UE, delitos penales o infracciones administrativas graves. Las denuncias pueden proceder de empleados, contratistas, proveedores, voluntarios, incluso antes de que comience un contrato de trabajo formal.
Sí, el canal admite denuncias anónimas. Se garantiza la confidencialidad y se prohíben estrictamente las represalias.
Por lo general, en un plazo de tres meses desde el 13 de junio de 2023. Las empresas más pequeñas (con menos de 250 empleados) o los municipios pequeños tienen hasta el 1 de diciembre de 2023.
Sí. La ley permite la gestión externa e independiente, y nosotros lo ofrecemos como parte del servicio.
Testimonio
Recurso externo
Para obtener más detalles sobre la obligación legal y las normas de cumplimiento, consulte la publicación oficial de la ley en la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión – Publications O}ice of the EU
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