Canal Ético y Ley 2/2023 de Protección del Informante: cómo cumplir en la práctica
Sobre este webinar
¿Tu canal de denuncias resistiría hoy una inspección?
Han pasado más de tres años desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937, y seguimos viendo el mismo error: pensar que basta con tener un buzón.
La ley obliga a tener un Sistema interno de información a todo el sector público y a las empresas con 50 o más personas trabajadoras. También obliga, tengan la plantilla que tengan, a otras entidades, como los sujetos obligados en materia de prevención del blanqueo de capitales. Y pide mucho más que un formulario:
– Un Responsable del Sistema, nombrado por el órgano de administración y comunicado a la autoridad competente.
– Plazos: acuse de recibo en 7 días y respuesta en un máximo de 3 meses.
– Confidencialidad y la posibilidad de comunicar de forma anónima.
– Protección real frente a represalias.
– Un libro-registro de las informaciones recibidas.
– Un tratamiento de datos personales conforme al RGPD y la LOPDGDD.
No cumplir sale caro: las multas para personas jurídicas llegan hasta 1.000.000 €.
Programa
- 01Qué exige exactamente la norma.
- 02Los errores que más vemos en la práctica.
- 03Qué pasa después de una comunicación: cómo hacer una investigación interna con garantías.
- 04Cómo preparar el sistema ante una inspección de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) o de la autoridad autonómica que corresponda.
Dirigido a
- Responsables del Sistema
- Compliance
- DPOs
- RRHH
- Legal
- Dirección


